¿Crucifijo en el aula? Llega la sentencia de Casación

¿Crucifijo en el aula? Muchos habrán oído hablar de la delicada cuestión de apelar o no a la libertad de creencias determinando la posibilidad de llevar a cabo la lección en el aula con la presencia o ausencia de un crucifijo en el aula. Un profesor apela a su 'no' credo pero el Tribunal Supremo determina la respuesta: 'Sí al crucifijo en el aula, no es un acto discriminatorio'.

Mantener un crucifijo en la sala del tribunal no es un acto discriminatorio

La historia comenzó hace unos meses, un profesor quería llevar a cabo su lección sin el crucifijo colgado en el aula como señal de libertad frente a lo que en su lugar le proporcionó el director de un instituto profesional sobre la base de una resolución aprobada por el mayoría de la asamblea de clase de los estudiantes.

El recuerdo del recurso ante el Tribunal de Casación no fue favorable para la docente: la colocación del crucifijo en las aulas “al que, en un país como Italia, se vinculan la experiencia vivida de una comunidad y la tradición cultural de un pueblo- no constituye un acto de discriminación contra el docente disidente por motivos de religión”.

“El aula puede acoger la presencia del crucifijo - reza la sentencia 24414 - cuando la comunidad escolar interesada evalúe y decida de manera independiente exhibirlo, posiblemente acompañándolo con los símbolos de otras confesiones presentes en la clase y en todo caso buscando un acomodo razonable entre cualquier posición diferente".